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Calculadora de finiquito

Finiquito por despido disciplinario con 30.000 € brutos al año y salida el 15 de octubre

Si te despiden de forma disciplinaria el 15 de octubre de 2026 con un salario bruto de 30.000 € al año en 12 pagas, tu finiquito es de 2.004,58 € brutos: 1.209,68 € por los 15 días trabajados de octubre, 9,67 días de vacaciones sin disfrutar (794,90 €) y las pagas extra, ya prorrateadas en tu salario mensual, sin importe adicional.

El despido disciplinario procedente se paga solo con el finiquito: no hay indemnización ni preaviso. Si el despido se declarase improcedente, cobrarías además 24.410,96 € (297 días de salario con 9 años de antigüedad). Tu antigüedad de 9 años no cambia el finiquito, que solo depende del mes, del semestre y del año en que sales.

Cálculo actualizado el 18 de octubre de 2026. La calculadora de abajo ya está rellena con estos datos: cámbialos para tu caso.

Calculadora de finiquito

  1. Tus datos
  2. Tu finiquito
  3. Qué hacer ahora

Paso 1 de 3 · Tus datos laborales

¿Cómo ha terminado tu contrato?
Más causas de extinción

La causa solo cambia el preaviso y si hay indemnización; el resto del finiquito se calcula igual.

Fecha de alta en la empresa.

Fecha de efectos de la baja o del despido. Por defecto, hoy.

Salario bruto

Incluye las pagas extra y los complementos salariales fijos. Con salario mensual, escribe lo que cobras en una mensualidad ordinaria, sin la paga extra.

Si tu nómina muestra la parte de las pagas extra en cada mes, elige 12; si cobras dos pagas en junio y diciembre, elige 14.

Vacaciones, pagas extra y preaviso (opcional)

Los valores por defecto son los habituales. Cámbialos si tu convenio o tu situación son distintos.

El Estatuto fija un mínimo de 30 días naturales. Si tu convenio habla de 22 días laborables, equivalen a unos 30 naturales.

Cuenta solo las del año de la extinción. Si ya te las pagaron o las cogiste, réstalas aquí.

Lo fija tu convenio o tu contrato. Si no lo sabes, deja semestral.

En la baja voluntaria. Si el convenio no dice nada, suele aplicarse 15 días.

Días entre el aviso y tu último día de trabajo.

Los datos que introduces se calculan en tu navegador y no se envían a ningún servidor.

Fuera de alcance de esta versión: 15 pagas, vacaciones de años anteriores sin disfrutar, plus de convenio variables, despido nulo (salarios de tramitación), relaciones laborales especiales y descuentos por anticipos o préstamos.

Tu finiquito y casos cercanos

Finiquito por despido disciplinario con 30.000 € el 15 de octubre de 2026: conceptos y casos cercanos
SupuestoSalario del mesVacacionesPagas extraPreavisoTotal finiquito
Tu caso: 30.000 € el 15 de octubre1.209,68 €794,90 €0,00 €0,00 €2.004,58 €
Salario −6.000 €967,74 €635,92 €0,00 €0,00 €1.603,66 €
Salario −3.000 €1.088,71 €715,41 €0,00 €0,00 €1.804,12 €
Salario +3.000 €1.330,65 €874,39 €0,00 €0,00 €2.205,04 €
Salario +6.000 €1.451,61 €953,88 €0,00 €0,00 €2.405,49 €
Sin ninguna vacación disfrutada este año1.209,68 €1.945,58 €0,00 €0,00 €3.155,26 €
Con las vacaciones del año ya disfrutadas1.209,68 €0,00 €0,00 €0,00 €1.209,68 €
Con 14 pagas (extras sin prorratear)1.036,87 €681,34 €1.246,12 €0,00 €2.964,33 €
Saliendo el último día de octubre (31)2.500,00 €902,98 €0,00 €0,00 €3.402,98 €
Saliendo el 30 de septiembre2.500,00 €693,56 €0,00 €0,00 €3.193,56 €

Fuente: Cálculo propio con el Estatuto de los Trabajadores (BOE), a 15 de octubre de 2026. Importes brutos; cada concepto se redondea a céntimos y el total es la suma de los conceptos redondeados.

Cálculo paso a paso

Paso 1 · Salario mensual y valor del día. 30.000,00 € ÷ 12 pagas = 2.500,00 € al mes. (2.500,00 € × 12) ÷ 365 días = 82,19 € al día. El cálculo real conserva todos los decimales; aquí se muestran redondeados a céntimos.

Paso 2 · Días trabajados de octubre. Del día 1 al 15 de octubre hay 15 de los 31 días del mes. 2.500,00 € × 15 ÷ 31 = 1.209,68 €.

Paso 3 · Vacaciones. 30 días × 288 días trabajados en 2026 ÷ 365 = 23,67 días devengados. Menos 14 ya disfrutados quedan 9,67 días × 82,19 € = 794,90 €.

Paso 4 · Pagas extra. Con 12 pagas las extras ya van incluidas en cada mensualidad: no hay parte proporcional que liquidar (0,00 €).

Paso 5 · Total. 1.209,68 € + 794,90 € + 0,00 € = 2.004,58 € brutos. Cada concepto se redondea a céntimos y el total es la suma de lo que ves.

Qué debes tener en cuenta en tu caso

El día de salida cuenta. Cada día de octubre vale 80,65 € (2.500,00 € ÷ 31) y, además, suma vacaciones y paga extra. Saliendo el último día del mes (31 de octubre) el finiquito sería de 3.402,98 €, 1.398,40 € más; terminando el 30 de septiembre bajaría a 3.193,56 €.

Vacaciones: 9,67 días por cobrar. Desde el 1 de enero hasta el 15 de octubre has devengado 23,67 de los 30 días anuales; como has disfrutado 14, la empresa te paga el resto a 82,19 € el día: 794,90 €. Si no hubieras cogido ninguno, el finiquito subiría a 3.155,26 €. Si tu convenio fija las vacaciones en días laborables, 22 laborables equivalen a unos 30 naturales.

Con 12 pagas no hay paga extra que liquidar. Tus 30.000 € se reparten en doce mensualidades de 2.500,00 € con las pagas extra ya dentro, como permite el artículo 31 del Estatuto si el convenio lo prevé. Si en realidad cobras 14 pagas (las dos extras en junio y diciembre), el finiquito sería de 2.964,33 €, 959,75 € más: comprueba en tu nómina cómo figuran.

Despido disciplinario: el finiquito se cobra igual. Aunque la empresa te despida por incumplimientos graves, el salario, las vacaciones y las pagas devengados no se pierden: son 2.004,58 € con tus datos. Si impugnas y el despido se declara improcedente, cobrarías además 24.410,96 € (297 días de salario), y si se declarase nulo, la readmisión con los salarios de tramitación. Tu antigüedad de 9 años no cambia el finiquito, que solo depende del mes, del semestre y del año en que sales.

Cuánto pesa el salario. Cada 1.000 € más de salario bruto anual suman 66,81 € a este finiquito. Tus 30.000 € equivalen a 2.500,00 € al mes en 12 pagas y el valor del día es de 82,19 €. Si tu nómina incluye comisiones, pluses de transporte o de turnicidad fijos, forman parte del salario del mes; las variables ya devengadas y no pagadas se suman aparte.

Del bruto al neto. El finiquito tributa como rendimiento del trabajo (artículo 17 de la Ley del IRPF) y lleva retención de IRPF y cotización a la Seguridad Social a cargo del trabajador. Con una retención del 10 %, de los 2.004,58 € se retendrían 200,46 € y cobrarías unos 1.804,12 € antes de la Seguridad Social; con el 15 %, 300,69 € y unos 1.703,89 €. El porcentaje real es el de tu nómina y la regularización definitiva se hace en la declaración de la renta.

Plazos. Dispones de 20 días hábiles desde el día siguiente al despido para presentar la papeleta de conciliación; es un plazo de caducidad que no cuenta sábados, domingos ni festivos. El desempleo se solicita en los 15 días hábiles siguientes. Si el finiquito no coincide con los 2.004,58 € de esta página, firma «no conforme»: reclamar cantidades es posible durante un año desde que termina el contrato.

Marco normativo: Finiquito (saldo y finiquito) en España

Ámbito: España (relación laboral común por cuenta ajena) · Normativa revisada el

Tablas de referencia oficial

Conceptos del finiquito y cómo se calcula cada uno
ConceptoCómo se calculaBase legal
Salario de los días trabajadosSalario mensual ordinario × días trabajados del último mes ÷ días naturales de ese mesET art. 29
Vacaciones no disfrutadasDías de vacaciones × días del año trabajados ÷ 365 (366), menos los ya disfrutados, por el valor del díaET art. 38.1; Directiva 2003/88/CE art. 7.2
Pagas extra proporcionalesCon 14 pagas: paga extra × días devengados del semestre ÷ días del semestre (devengo semestral). Con 12 pagas ya van prorrateadasET art. 31
Preaviso incumplidoDías que faltan × valor del día. Se descuenta si no lo cumple quien dimite y se suma si la empresa no concede el de 15 díasET arts. 49.1 y 53.1
IndemnizaciónNo forma parte del finiquito: se calcula aparte según la causa (12, 20 o 33 días por año)ET arts. 49.1.c, 53.1.b y 56.1
Conceptos variables ya devengadosComisiones, horas extra o incentivos devengados y no pagados (no los calcula esta herramienta: súmalos a mano)ET art. 26
Fuente: Estatuto de los Trabajadores (texto consolidado, BOE)El valor del día es el salario mensual ordinario por 12 dividido entre 365 (366 en año bisiesto); con 14 pagas, las pagas extra se cuentan aparte para no pagarlas dos veces.
Preaviso según la causa de extinción
CausaQuién debe avisar y con cuánto tiempoSi no se cumple
Baja voluntaria (dimisión)El trabajador, con el preaviso del convenio o la costumbre del lugar (15 días si no se dice otra cosa)La empresa puede descontar del finiquito el salario de los días que falten
Despido objetivoLa empresa, con 15 días desde la entrega de la comunicación escritaDebe abonar el salario de los días de preaviso omitidos; el despido no es nulo por eso
Fin de contrato temporal de más de un añoQuien denuncia el contrato, con 15 días de antelaciónSe compensan los días de preaviso omitidos
Fin de contrato temporal de un año o menosNo se exige preavisoNo hay importe que ajustar
Despido disciplinario o improcedenteNo hay preaviso: el despido surte efectos desde la comunicaciónNo aplica
Mutuo acuerdoNo hay preaviso legal: se pacta en el acuerdoNo aplica
Fuente: Estatuto de los Trabajadores, arts. 49 y 53 (BOE)
Plazos y trámites tras la extinción del contrato
TrámitePlazoBase legal
Recibir la propuesta de liquidaciónCon la comunicación de la extinción, para que puedas revisarla antes de firmarET art. 49.2
Reclamar diferencias del finiquito1 año desde la terminación del contrato (prescripción)ET art. 59.1
Impugnar el despido (papeleta de conciliación y demanda)20 días hábiles desde el día siguiente al despido; no cuentan sábados, domingos ni festivosET art. 59.3; LRJS art. 103.1
Solicitar la prestación por desempleo15 días hábiles desde la situación legal de desempleoLGSS art. 268
Intereses por mora del salario adeudado10 % anual de lo adeudadoET art. 29.3
Fuente: Estatuto de los Trabajadores, arts. 29, 49 y 59 (BOE)
Casos resueltos que verifica esta calculadora
CasoDatosResultado
Baja voluntaria con 14 pagasAlta 01-03-2019, baja 15-10-2026, 24.000 € brutos, 10 días de vacaciones disfrutados, preaviso cumplido829,49 € (15 días de octubre) + 770,51 € (13,67 días de vacaciones) + 996,89 € (107 de 184 días de la paga de Navidad) = 2.596,89 €
Despido objetivo sin preavisoAlta 10-01-2022, baja 30-09-2026, 30.000 € brutos, 15 días de vacaciones disfrutados, preaviso 02.142,86 € + 524,03 € + 1.071,43 € + 1.056,75 € (15 días de preaviso a 70,45 €) = 4.795,07 €
Baja voluntaria con 5 de 15 días de preavisoAlta 15-06-2020, baja 30-11-2026, 26.000 € brutos, 20 días de vacaciones disfrutados1.857,14 € + 455,00 € + 1.544,25 € − 610,57 € (10 días de preaviso a 61,06 €) = 3.245,82 €
Fuente: Cálculo propio con el Estatuto de los Trabajadores (BOE) y contraste independiente con una segunda implementaciónLos importes se redondean a céntimos concepto a concepto y el total es la suma de los conceptos redondeados.

Glosario normativo

Finiquito
Liquidación de las cantidades que la empresa adeuda al terminar el contrato: salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de pagas extra. No incluye la indemnización, que se calcula aparte. Ver arts. 49.1 y 49.2 · Estatuto de los Trabajadores
Recibo de saldo y finiquito
Documento que firma el trabajador al recibir la liquidación. Si se firma sin reservas, la empresa lo usará como prueba de que no se le debe nada más; firmarlo «no conforme» deja constancia de que solo se recibe la cantidad. Ver arts. 49.1 y 49.2 · Estatuto de los Trabajadores
Valor del día
Salario mensual ordinario por 12 dividido entre 365 días (366 en año bisiesto). Con 14 pagas no incluye las pagas extra, que se cuentan aparte. Se usa para vacaciones y preaviso. Ver art. 29 · Estatuto de los Trabajadores
Devengo
Momento en que se va generando un derecho, aunque se cobre más tarde. Las vacaciones se devengan por días trabajados y las pagas extra a lo largo de su periodo de devengo (semestral o anual, según el convenio). Ver art. 31 · Estatuto de los Trabajadores
Paga extraordinaria
Gratificación a la que el trabajador tiene derecho dos veces al año (una por Navidad). Puede cobrarse en su mes o prorratearse en doce mensualidades si lo dice el convenio. Ver art. 31 · Estatuto de los Trabajadores
Prorrateo de pagas
Reparto del importe de las pagas extra en las doce nóminas del año. Con pagas prorrateadas no hay parte proporcional de paga extra que liquidar en el finiquito. Ver art. 31 · Estatuto de los Trabajadores
Vacaciones devengadas
Días de vacaciones generados por el tiempo trabajado en el año. Al terminar el contrato se pagan los que no se han disfrutado y se descuentan los disfrutados de más. Ver art. 38.1 · Estatuto de los Trabajadores
Compensación económica de vacaciones
Pago en dinero de las vacaciones no disfrutadas. Solo es posible cuando termina la relación laboral, porque mientras dura el contrato las vacaciones no pueden sustituirse por dinero. Ver art. 7.2 · Directiva 2003/88/CE
Preaviso
Aviso de la terminación del contrato con una antelación mínima: de 15 días en el despido objetivo y en los contratos temporales de más de un año, y el que fije el convenio cuando dimite el trabajador. Ver art. 53.1 · Estatuto de los Trabajadores
Prescripción
Pérdida del derecho a reclamar por el paso del tiempo. Las diferencias del finiquito pueden reclamarse durante un año desde que termina el contrato. Ver art. 59.1 y 59.3 · Estatuto de los Trabajadores
Caducidad
Plazo improrrogable tras el cual se extingue la acción. Para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde el día siguiente al despido. Ver art. 59.1 y 59.3 · Estatuto de los Trabajadores
Situación legal de desempleo
Situación en que queda quien pierde su empleo de forma no voluntaria. Desde ella corren 15 días hábiles para solicitar la prestación al SEPE. Ver art. 268 · Ley General de la Seguridad Social
Rendimiento del trabajo
Categoría fiscal de las retribuciones por trabajo. El finiquito tributa como tal y está sujeto a retención de IRPF; la indemnización por despido en su cuantía legal está exenta. Ver arts. 7.e y 17.1 · Ley del IRPF

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes sobre este caso

¿Cuánto es el finiquito por despido disciplinario con 30.000 € brutos al año si salgo el 15 de octubre?

Con 12 pagas, 2.004,58 € brutos: 1.209,68 € de salario (15 de 31 días de octubre), 794,90 € de vacaciones, 0,00 € de pagas extra.

¿Cuánto cobraría con 33.000 € en lugar de 30.000 €?

Con 33.000 € brutos y los mismos datos, el finiquito sería de 2.205,04 €, es decir, 200,46 € más; con 27.000 €, de 1.804,12 €. Cada 1.000 € de diferencia anual mueven el resultado en unos 66,81 €.

¿Cuánto me pagan de vacaciones no disfrutadas si he cogido 14 días?

Se han devengado 23,67 días hasta el 15 de octubre (30 × 288 ÷ 365). Quedan 9,67 días a 82,19 €: 794,90 €. Sin ningún día disfrutado, el finiquito sería de 3.155,26 €.

¿Qué cambia si mis pagas no están prorrateadas y cobro 14?

Con 14 pagas, el salario mensual ordinario baja a 2.142,86 € y se añade la parte proporcional de la paga extra: el finiquito sería de 2.964,33 € en lugar de 2.004,58 €.

¿Cobro indemnización si me despiden de forma disciplinaria?

No si el despido se declara procedente: solo el finiquito de 2.004,58 €. Si se declara improcedente, cobrarías además 24.410,96 € (297 días de salario), y para reclamarlo tienes 20 días hábiles desde el despido.

¿Cuánto me queda en neto de un finiquito de 2.004,58 €?

Depende de tu retención de IRPF y de la Seguridad Social. Con una retención del 12 %, el IRPF sería de 240,55 € y cobrarías unos 1.764,03 € antes de la Seguridad Social. Con el 15 %, 1.703,89 €.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar si el finiquito no coincide con los 2.004,58 €?

Un año desde que termina el contrato para reclamar cantidades (prescripción), y 20 días hábiles para impugnar el despido o la extinción (caducidad). Las cantidades que la empresa te deba y pague con retraso devengan un interés del 10 % anual. Mientras tanto, firma «no conforme» si no estás de acuerdo con la cifra.

Compara con otros casos

Fuentes oficiales

Información orientativa; no sustituye el asesoramiento de un profesional. El convenio colectivo o el contrato pueden mejorar estos conceptos, nunca reducirlos.