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Calculadora de indemnización por despido

Indemnización por fin de contrato temporal con 6 meses y 24.000 € brutos al año

Si tu contrato temporal termina tras 6 meses (del 16 de abril de 2026 al 15 de octubre de 2026, 183 días naturales de servicio) con un salario bruto de 24.000 € al año, te corresponde una indemnización de 395,60 €: 6,02 días de salario a razón de 65,75 € diarios.

Se calcula con 12 días de salario por año de servicio, en proporción a los días realmente trabajados (artículo 49.1.c del Estatuto de los Trabajadores). Aplica a los contratos de duración determinada que terminan por llegar a su fin; los contratos formativos y los de sustitución no generan esta indemnización. Cada día de servicio equivale a 0,0329 días de salario, o sea 2,16 €.

Cálculo actualizado el 15 de octubre de 2026. La calculadora de abajo ya está rellena con estos datos: cámbialos para tu caso.

Calculadora de indemnización por despido

  1. Tus datos
  2. Tramos y topes
  3. Informe

Paso 1 de 3 · Tus datos laborales

¿Cómo ha terminado tu contrato?
Más causas de extinción

Si el despido fue disciplinario o la empresa reconoce la improcedencia, elige «Despido improcedente» para ver lo que corresponde.

Fecha de alta. Si encadenaste contratos temporales, la antigüedad puede sumarse.

Fecha de efectos del despido o del fin del contrato. Por defecto, hoy.

Salario bruto

Incluye pagas extra y complementos salariales. Con reducción de jornada por cuidado de familiares, usa el salario de jornada completa.

Los datos que introduces se calculan en tu navegador y no se envían a ningún servidor.

Fuera de alcance de esta versión: relaciones laborales especiales, fijos discontinuos, indefinidos no fijos, contratos de fomento de la contratación indefinida anteriores a 2012 y despido nulo (readmisión y salarios de tramitación).

Tu indemnización y casos cercanos

Fin de contrato temporal de 6 meses con 24.000 €: indemnización y casos cercanos
SupuestoSalario bruto anualDías de salarioIndemnización bruta
Tu caso: 6 meses24.000 €6,02395,60 €
Salario −6.000 €18.000 €6,02296,70 €
Salario −3.000 €21.000 €6,02346,15 €
Salario +3.000 €27.000 €6,02445,05 €
Salario +6.000 €30.000 €6,02494,50 €
Antigüedad: 3 meses24.000 €3,02198,88 €
Antigüedad: 5 meses24.000 €5,03330,75 €
Antigüedad: 7 meses24.000 €7,04462,62 €
Antigüedad: 9 meses24.000 €8,98590,16 €
Si fuese despido improcedente (contrato indefinido)24.000 €16,51.084,93 €

Fuente: Cálculo propio con el Estatuto de los Trabajadores (BOE), a 15 de octubre de 2026. Importes brutos; el salario diario se usa sin redondear, por lo que pueden diferir unos céntimos de multiplicar los días por el salario diario mostrado.

Cálculo paso a paso

Paso 1 · Salario diario. 24.000,00 € ÷ 365 días = 65,75 € al día (el cálculo real usa todos los decimales).

Paso 2 · Días de servicio. Del 16 de abril de 2026 al 15 de octubre de 2026, ambos incluidos, hay 183 días naturales. En el fin de contrato temporal se cuentan días, no meses.

Paso 3 · Días de indemnización. 183 días × 12 ÷ 365 = 6,02 días de salario.

Paso 4 · Importe. 6,02 días × 65,75 € = 395,60 € brutos. Es el mínimo legal para contratos iniciados desde 2015; el convenio colectivo puede mejorarlo.

Qué debes tener en cuenta en tu caso

La indemnización crece día a día. 183 días de servicio equivalen a 0,5 años. Cada día trabajado vale 12 ÷ 365 = 0,0329 días de salario, es decir, 2,16 €. Un año completo (365 días) da exactamente 12 días de salario: 789,04 € con tu salario.

Duración del contrato. Desde la reforma laboral de 2022, el contrato por circunstancias de la producción dura como regla general un máximo de 6 meses, ampliable hasta 12 por convenio colectivo sectorial. Tu contrato de 6 meses encaja en el límite general, por lo que lo normal es que termine sin más trámite y con la indemnización de 395,60 €.

Si el contrato temporal no estaba justificado. Los contratos temporales celebrados en fraude de ley se presumen indefinidos (artículo 15 del Estatuto) y su extinción se trata como un despido. Con tus datos, la diferencia es la que hay entre 395,60 € (fin de contrato) y 1.084,93 € (despido improcedente tras 6 meses): 689,33 €. Si dudas de que la causa fuera real, consulta con un laboralista antes de firmar el finiquito.

Finiquito y pagas extra. La indemnización de 395,60 € se suma al finiquito. Si tus pagas extra no están prorrateadas, en 6 meses se devengan 1.714,29 € de parte proporcional (dos pagas de 1.714,29 € repartidas por los meses trabajados), que la empresa debe incluir además de las vacaciones no disfrutadas.

Cuánto pesa el salario. Cada 1.000 € más de salario bruto anual suman 16,48 € a esta indemnización. Tus 24.000 € equivalen a 1.714,29 € al mes en 14 pagas o 2.000,00 € en 12 pagas, y el salario diario regulador es de 65,75 €. Si tu nómina incluye comisiones, bonus u horas extra habituales, forman parte del salario regulador cuando son periódicos: lo correcto es usar la media anual de todo lo que cobras, no solo el fijo mensual.

IRPF. La indemnización de 395,60 € corresponde a la cuantía obligatoria del Estatuto, que se considera exenta con un máximo de 180.000 €. Confirma el tratamiento en el Manual de Renta de la AEAT del año en que la cobres.

Plazo para reclamar. Si crees que el contrato temporal no estaba justificado, tienes 20 días hábiles desde la extinción para presentar la papeleta de conciliación: los sábados, domingos y festivos no cuentan y el plazo es de caducidad. Pasado ese plazo ya no podrás discutir la extinción.

Marco normativo: Indemnización por despido en España

Ámbito: España (relación laboral común por cuenta ajena) · Normativa revisada el

Tablas de referencia oficial

Indemnización legal según la causa de extinción
Causa de extinciónDías de salario por añoTopeBase legal
Despido improcedente (contrato desde el 12-02-2012)3324 mensualidades (720 días)ET art. 56.1
Despido improcedente (contrato anterior al 12-02-2012)45 hasta el 11-02-2012 y 33 desde el 12-02-2012720 días, salvo que el tramo anterior ya los supere; máximo 42 mensualidades (1.260 días)ET disp. trans. 11.ª
Extinción por voluntad del trabajador por incumplimiento grave de la empresaIgual que el despido improcedenteIgual que el despido improcedenteET art. 50.2
Despido objetivo o despido colectivo2012 mensualidades (360 días)ET arts. 51.4 y 53.1.b
Extinción voluntaria por traslado con cambio de residencia2012 mensualidades (360 días)ET art. 40.1
Extinción voluntaria por modificación sustancial de condiciones209 mensualidades (270 días)ET art. 41.3
Fin de contrato temporal iniciado desde 201512, en proporción a los días trabajadosSin topeET art. 49.1.c
Fin de contrato formativo o de sustitución0—ET art. 49.1.c
Despido disciplinario declarado procedente0—ET art. 55.7
Fuente: Estatuto de los Trabajadores (texto consolidado, BOE)Los topes se convierten en días a razón de 30 días por mensualidad (STS de 18-2-2016, rec. 3257/2014). El convenio colectivo o el contrato pueden mejorar estas cantidades, nunca reducirlas.
Exención de la indemnización en el IRPF
SupuestoParte exentaCondición
Despido improcedenteHasta la indemnización legal (33 o 45 días por año) con un máximo de 180.000 €Improcedencia reconocida en el acto de conciliación o por sentencia
Despido objetivo o colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producciónLa parte que no supere la indemnización del despido improcedente, con un máximo de 180.000 €Que el despido se deba a esas causas
Importe pactado por encima del mínimo legalNo exento: tributa como rendimiento del trabajoPuede aplicar la reducción del 30 % del art. 18.2 de la Ley del IRPF si cumple sus requisitos
Fuente: Ley 35/2006 del IRPF, art. 7.e (BOE)
Plazos clave tras un despido
TrámitePlazoBase legal
Impugnar el despido (papeleta de conciliación y demanda)20 días hábiles desde el día siguiente al despido; no cuentan sábados, domingos ni festivosET art. 59.3; LRJS arts. 65.1 y 103.1
Solicitar la prestación contributiva por desempleo15 días siguientes a la situación legal de desempleo (el SEPE los computa como hábiles)LGSS art. 268
Reclamar cantidades adeudadas (finiquito, salarios)1 año desde que la acción pudo ejercitarseET art. 59.1 y 59.2
Fuente: Estatuto de los Trabajadores, art. 59 (BOE)Los plazos de la demanda y de la prestación están en la Ley 36/2011 (art. 103.1) y en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (RDLeg 8/2015, art. 268).
Casos resueltos que verifica esta calculadora
CasoDatosResultado
Doble cómputo en el corte de 2012Despido improcedente · del 11-02-2012 al 12-02-2012 · 36.500 € brutos al año (2012 es bisiesto: divisor 366)1 mes × 45/12 + 1 mes × 33/12 = 6,5 días × 99,73 €/día = 648,22 €
La fracción de mes cuenta como mes completoDespido improcedente · del 01-01-2016 al 01-04-2016 · 36.600 € brutos al año4 meses × 33/12 = 11 días × 100 €/día = 1.100,00 €
Fin de contrato temporal, cómputo por díasDel 01-01-2026 al 30-06-2026 · 20.000 € brutos al año181 días × 12/365 = 5,95 días × 54,79 €/día = 326,06 €
Fuente: Poder Judicial (CGPJ): herramienta de cálculo de indemnizaciones laborales y su guía legal y jurisprudencialEstos casos son pruebas automáticas de la calculadora. Los criterios que aplican (salario diario entre 365 o 366, fracción de mes como mes completo, doble cómputo y cómputo por días del art. 49.1.c) son los de la guía del CGPJ y la jurisprudencia citada.

Glosario normativo

Salario regulador
Salario bruto anual, incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias y de los complementos salariales, dividido entre 365 días (366 en año bisiesto). Es la base de la indemnización y de los salarios de tramitación. Ver art. 56.1 · Estatuto de los Trabajadores
Antigüedad
Tiempo de prestación de servicios que se indemniza. Puede incluir contratos temporales anteriores encadenados cuando existe unidad esencial del vínculo, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Prorrateo por meses
Los periodos inferiores a un año se cuentan por meses y la fracción de mes se computa como mes completo (STS de 20-7-2009, rec. 2398/2008). Con contratos anteriores a 2012, cada tramo se cuenta por separado. Ver art. 56.1 · Estatuto de los Trabajadores
Mensualidad
A efectos de los topes, equivale a 30 días de salario: 9 mensualidades son 270 días; 12, 360 días; 24, 720 días; y 42, 1.260 días. Ver disposición transitoria undécima · Estatuto de los Trabajadores
Despido improcedente
Despido en el que la empresa no acredita la causa alegada o no cumple los requisitos de forma. La empresa elige entre readmitir al trabajador, con salarios de tramitación, o pagar la indemnización. Ver art. 56.1 · Estatuto de los Trabajadores
Despido objetivo
Extinción por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o por las demás causas del art. 52 del Estatuto. Exige comunicación escrita, preaviso de 15 días y poner a disposición 20 días de salario por año. Ver art. 53.1.b · Estatuto de los Trabajadores
Despido disciplinario
Despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador. Si se declara procedente no genera indemnización; si se declara improcedente, se paga la del despido improcedente.
Despido nulo
Despido que vulnera derechos fundamentales o afecta a situaciones protegidas, como el embarazo o los permisos por nacimiento. Obliga a readmitir y a abonar los salarios dejados de percibir, por lo que no se calcula como indemnización.
Conciliación previa
Intento de acuerdo ante el servicio administrativo de mediación, arbitraje y conciliación (SMAC u órgano autonómico equivalente), obligatorio antes de demandar. Presentar la papeleta suspende el plazo de caducidad. Ver arts. 63, 65.1 y 103.1 · Ley reguladora de la jurisdicción social
Salarios de tramitación
Salarios dejados de percibir desde el despido hasta la notificación de la sentencia. Se abonan si el despido es nulo o si, siendo improcedente, la empresa opta por la readmisión. Ver art. 56.1 · Estatuto de los Trabajadores
Finiquito
Liquidación de las cantidades pendientes al terminar la relación laboral: salario de los días trabajados del mes, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de pagas extraordinarias. Es independiente de la indemnización.
Caducidad
Plazo que, una vez vencido, extingue la acción sin posibilidad de interrupción. Para impugnar un despido es de 20 días hábiles. Ver art. 59.3 · Estatuto de los Trabajadores

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes sobre este caso

¿Cuánto cobro al terminar un contrato temporal de 6 meses con 24.000 € brutos al año?

Cobrarías 395,60 € brutos: 6,02 días de salario × 65,75 € al día, a razón de 12 días por año en proporción a los 183 días trabajados (artículo 49.1.c del Estatuto).

¿Cuántos días de salario corresponden por 183 días de contrato?

183 días × 12 ÷ 365 = 6,02 días de salario. Cada día trabajado suma 0,0329 días de indemnización.

¿Cuánto cobraría si el contrato durase 9 meses en lugar de 6 meses?

Con 9 meses y 24.000 € brutos cobrarías 590,16 € (194,56 € más); con 3 meses, 198,88 €.

¿Todos los contratos temporales dan derecho a esta indemnización?

No. Los contratos formativos y los de sustitución terminan sin indemnización. En los demás contratos de duración determinada, con tus datos, la cantidad sería de 395,60 €; en los formativos y de sustitución sería de 0 €.

¿Qué cambia si el contrato temporal era fraudulento?

Si se declara fraudulento se presume indefinido y el fin se trata como despido improcedente: 1.084,93 € con tus datos, frente a los 395,60 € del fin de contrato (689,33 € más).

Fuentes oficiales

Información orientativa; no sustituye el asesoramiento de un profesional. El convenio colectivo o el contrato pueden mejorar estas cantidades, nunca reducirlas.