¿Multa o delito por ir a 180 km/h en una vía de 90 km/h?
Ir a 180 km/h en una vía de 90 km/h ya no se castiga con una multa de Tráfico. Con radar fijo, la velocidad corregida es de 171 km/h, 81 km/h por encima del límite, y el artículo 379.1 del Código Penal considera delito superar en más de 80 km/h el límite de una vía interurbana.
Por el cuadro de Tráfico correspondería el tramo de 600 € y 6 puntos, pero en la vía penal no hay pronto pago ni resta de puntos: la condena incluye siempre la retirada del permiso de más de 1 a 4 años. Con un radar móvil en marcha la corregida sería de 167,4 km/h, por debajo del umbral, y volvería a ser 600 € y 6 puntos: el tipo de aparato es decisivo.
Cálculo actualizado el 18 de octubre de 2026. La calculadora de abajo ya está rellena con estos datos: cámbialos para tu caso.
Calculadora de multas por exceso de velocidad
Tu multa y casos cercanos
| Supuesto | Velocidad corregida | Multa | Puntos | Con pronto pago |
|---|---|---|---|---|
| Tu caso: 180 km/h con radar fijo | 171 km/h | Delito (vía penal) | Retirada del permiso | — |
| 180 km/h con radar de tramo | 174,6 km/h | Delito (vía penal) | Retirada del permiso | — |
| 180 km/h con radar móvil en marcha | 167,4 km/h | 600 € | 6 | 300 € |
| Denuncia con 180 km/h ya corregidos | 180 km/h | Delito (vía penal) | Retirada del permiso | — |
| 170 km/h con radar fijo (−10) | 161,5 km/h | 600 € | 6 | 300 € |
| 175 km/h con radar fijo (−5) | 166,25 km/h | 600 € | 6 | 300 € |
| 185 km/h con radar fijo (+5) | 175,75 km/h | Delito (vía penal) | Retirada del permiso | — |
| 190 km/h con radar fijo (+10) | 180,5 km/h | Delito (vía penal) | Retirada del permiso | — |
Fuente: Cálculo propio con el anexo IV de la Ley sobre Tráfico y la Orden ICT/155/2020 (BOE), revisados el 18 de octubre de 2026. Velocidades en km/h; la velocidad corregida se calcula con dos decimales y se compara tal cual con el cuadro.
Cálculo paso a paso
Paso 1 · Margen del radar. Por encima de 100 km/h, el radar fijo resta el 5 % de la velocidad medida: 180 × 5 % = 9 km/h (Orden ICT/155/2020).
Paso 2 · Velocidad corregida. 180 km/h − 9 km/h = 171 km/h, 81 km/h por encima del límite de 90 km/h.
Paso 3 · Tramo del cuadro. En la columna de 90 km/h del anexo IV de la Ley sobre Tráfico, el tramo de 161 o más km/h corresponde a 600 € y 6 puntos. 171 km/h está dentro de ese tramo.
Paso 4 · Umbral penal. En vía interurbana, 90 + 80 = 170 km/h. La corregida, 171 km/h, lo supera: el caso sale del procedimiento de Tráfico y pasa al juzgado.
Qué debes tener en cuenta en tu caso
Según el radar. La misma lectura de 180 km/h da 174,6 km/h con un radar de tramo (margen del 3 % o 3 km/h) y 167,4 km/h con uno móvil en marcha (7 % o 7 km/h), es decir, un delito, no una multa y 600 € y 6 puntos. En los tres casos el tramo es el mismo, así que el tipo de radar no cambia lo que pagas. Por encima de 100 km/h el margen crece con la velocidad: a 180 km/h el radar móvil concede 12,6 km/h, 3,6 km/h más que el fijo. Si la notificación ya da 180 km/h como velocidad corregida, el resultado sería un delito, no una multa.
Lo cerca que estás de otro tramo. Con 12 km/h menos (168 km/h) te habrías quedado en 500 € y 6 puntos. En una vía de 90 km/h, el radar fijo empieza a multar en 96 km/h y a quitar puntos en 127 km/h.
Por qué no hay multa de 600 €. Cuando el hecho es delito, la Administración no puede sancionarlo a la vez: el procedimiento de Tráfico queda en suspenso y solo continúa si la vía penal termina sin apreciar delito. Por eso no tiene sentido pagar la multa con descuento: no la hay mientras dure la causa penal.
Puntos y permiso. En la vía penal no se restan puntos: la condena incluye la privación del derecho a conducir de más de 1 a 4 años y, si supera los 2 años, el permiso pierde su vigencia y hay que volver a obtenerlo (art. 47.3 del Código Penal).
Qué pasa ahora. Los agentes instruyen diligencias penales y el caso pasa al juzgado, con frecuencia por juicio rápido. Las penas son alternativas: prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Con 81 km/h de exceso conviene contar con un abogado desde la primera citación.
Sobre los 90 km/h. 90 km/h es el límite genérico de turismos y motocicletas en las carreteras convencionales desde el 29 de enero de 2019 (Real Decreto 1514/2018). En estas carreteras de doble sentido son habituales los radares fijos, los de tramo y los móviles de la Guardia Civil.
Marco normativo: Multas por exceso de velocidad en España
Ámbito: España (vías urbanas e interurbanas; DGT, Servei Català de Trànsit, Tráfico del Gobierno Vasco y ayuntamientos aplican el mismo cuadro) · Normativa revisada el
Marco legal del cálculo
No respetar los límites de velocidad es infracción grave y, en el último tramo del cuadro, muy grave. El anexo IV fija para cada límite cinco tramos de velocidad: 100 € sin pérdida de puntos, 300 € y 2 puntos, 400 € y 4 puntos, 500 € y 6 puntos (graves) y 600 € y 6 puntos (muy grave). La calculadora aplica ese cuadro a la velocidad corregida.
- Se aplica a:
- Importe de la multa y puntos que se pierden
Tras la notificación de la denuncia hay 20 días naturales para pagar con una reducción del 50 % o para presentar alegaciones. Pagar con descuento supone renunciar a alegar y termina el procedimiento: la sanción queda firme en vía administrativa y solo cabe recurso ante los tribunales de lo contencioso-administrativo. Las infracciones de velocidad no están excluidas de este procedimiento abreviado (art. 93.2). Si no pagas ni alegas, en las infracciones graves y muy graves notificadas en el acto la denuncia surte efecto de resolución y la sanción puede ejecutarse a los 30 días naturales (art. 95.4).
- Se aplica a:
- Descuento por pronto pago y plazos
El permiso tiene un crédito de 12 puntos (8 durante los tres primeros años de carné o tras recuperar un permiso perdido). Los puntos se descuentan cuando la sanción es firme en vía administrativa, también si se paga con descuento, y nunca más de 8 en un mismo día salvo determinadas infracciones muy graves. Con dos años sin sanciones firmes se recupera el crédito completo, y un curso de sensibilización devuelve hasta 6 puntos una vez cada dos años. Si el saldo llega a cero, el permiso pierde su vigencia y no se puede obtener uno nuevo hasta pasados 6 meses (3 en conductores profesionales).
- Se aplica a:
- Saldo de puntos del paso 3
Fija los errores máximos permitidos de los radares. En servicio (verificación periódica), el radar fijo o estático admite ±5 km/h hasta 100 km/h y ±5 % por encima; el móvil instalado en un vehículo, ±7 km/h y ±7 %; el de tramo, ±3 km/h y ±3 %. La calculadora resta ese margen a la velocidad medida antes de aplicar el cuadro.
- Se aplica a:
- Margen de error y velocidad corregida
- En vigor desde:
Conducir a una velocidad superior en 60 km/h en vía urbana o en 80 km/h en vía interurbana a la permitida es delito contra la seguridad vial: prisión de 3 a 6 meses, o multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y, en cualquier caso, privación del derecho a conducir de más de 1 y hasta 4 años. Si la privación supera los 2 años, el permiso pierde su vigencia (art. 47.3). En ese caso no se tramita la multa administrativa: lo decide un juez.
- Se aplica a:
- Aviso de delito penal
Las infracciones graves y muy graves prescriben a los 6 meses desde que se cometen si no se notifica la denuncia ni se realiza ninguna actuación del procedimiento conocida por el interesado. Las de velocidad son siempre graves o muy graves.
- Se aplica a:
- Prescripción
Tablas de referencia oficial
| Límite (km/h) | 100 € · 0 puntos | 300 € · 2 puntos | 400 € · 4 puntos | 500 € · 6 puntos | 600 € · 6 puntos |
|---|---|---|---|---|---|
| 20 | 21 a 40 | 41 a 50 | 51 a 60 | 61 a 70 | 71 o más |
| 30 | 31 a 50 | 51 a 60 | 61 a 70 | 71 a 80 | 81 o más |
| 40 | 41 a 60 | 61 a 70 | 71 a 80 | 81 a 90 | 91 o más |
| 50 | 51 a 70 | 71 a 80 | 81 a 90 | 91 a 100 | 101 o más |
| 60 | 61 a 90 | 91 a 110 | 111 a 120 | 121 a 130 | 131 o más |
| 70 | 71 a 100 | 101 a 120 | 121 a 130 | 131 a 140 | 141 o más |
| 80 | 81 a 110 | 111 a 130 | 131 a 140 | 141 a 150 | 151 o más |
| 90 | 91 a 120 | 121 a 140 | 141 a 150 | 151 a 160 | 161 o más |
| 100 | 101 a 130 | 131 a 150 | 151 a 160 | 161 a 170 | 171 o más |
| 110 | 111 a 140 | 141 a 160 | 161 a 170 | 171 a 180 | 181 o más |
| 120 | 121 a 150 | 151 a 170 | 171 a 180 | 181 a 190 | 191 o más |
| Tipo de radar | Hasta 100 km/h medidos | Por encima de 100 km/h | Ejemplo |
|---|---|---|---|
| Fijo o estático (cabina, pórtico, trípode) | 5 km/h | 5 % de la velocidad medida | 140 km/h medidos → 133 km/h |
| De tramo (velocidad media) | 3 km/h | 3 % de la velocidad medida | 140 km/h medidos → 135,8 km/h |
| Móvil en un vehículo en marcha | 7 km/h | 7 % de la velocidad medida | 140 km/h medidos → 130,2 km/h |
| Tipo de vía | Exceso sobre el límite | Ejemplos (velocidad corregida) | Penas |
|---|---|---|---|
| Urbana | Más de 60 km/h | Más de 110 en calle de 50; más de 90 en calle de 30 | Prisión de 3 a 6 meses, o multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y privación del permiso de más de 1 a 4 años |
| Interurbana | Más de 80 km/h | Más de 200 en autovía de 120; más de 170 en carretera de 90 | Las mismas penas; con más de 2 años de privación, el permiso pierde su vigencia |
Glosario normativo
- Velocidad corregida
- La velocidad medida por el radar menos su margen de error. Es la que se compara con el cuadro de sanciones. Ver anexo XII (cinemómetros), apéndice I, punto 3.1 · Orden ICT/155/2020
- Cinemómetro
- Nombre técnico del radar de velocidad. Debe superar una verificación periódica anual para que su medición valga como prueba. Ver anexo XII (cinemómetros), apéndice I, punto 3.1 · Orden ICT/155/2020
- Pronto pago
- Pago voluntario dentro de los 20 días naturales siguientes a la notificación, con una reducción del 50 %. Implica renunciar a alegar. Ver arts. 93, 94 y 95.4 · Ley sobre Tráfico (LSV)
- Sanción firme en vía administrativa
- La que ya no admite recurso ante Tráfico. Desde ese momento se descuentan los puntos. Ver arts. 63, 64, 65 y 71 · Ley sobre Tráfico (LSV)
- Infracción muy grave
- En velocidad, la del último tramo del cuadro (600 € y 6 puntos). Ver arts. 76.a, 77.a y 80, y anexo IV · Ley sobre Tráfico (LSV)
- Vía interurbana
- Autopistas, autovías y carreteras fuera de poblado. El exceso que convierte la infracción en delito es de más de 80 km/h, frente a 60 en vía urbana. Ver arts. 379.1 y 47.3 · Código Penal
- Prescripción
- Extinción de la infracción por el paso del tiempo: 6 meses en las graves y muy graves sin denuncia notificada ni actuaciones conocidas. Ver art. 112 · Ley sobre Tráfico (LSV)
Fuentes oficiales
Preguntas frecuentes sobre este caso
¿Cuánto es la multa por ir a 180 en una vía de 90?
No hay multa de Tráfico: con radar fijo, 180 km/h son 171 km/h corregidos, más de 80 km/h por encima del límite, y eso es delito (art. 379.1 del Código Penal). Lo decide un juez.
¿Cuántos puntos quita ir a 180 en una vía de 90?
En la vía penal no se restan puntos: la pena es la privación del permiso de más de 1 a 4 años, y con más de 2 años el permiso pierde su vigencia.
¿A partir de qué velocidad multa un radar en una vía de 90?
Con radar fijo, desde 96 km/h medidos; con uno de tramo, desde 94 km/h; y con uno móvil en marcha, desde 98 km/h. Con radar fijo, los puntos empiezan en 127 km/h.
¿Es delito ir a 180 en una vía de 90?
Sí. El límite penal en vía interurbana es de 170 km/h corregidos (90 + 80), y 180 km/h medidos por un radar fijo dan 171 km/h.
Compara con otros casos
Fuentes oficiales
- Ley sobre Tráfico, anexo IV y arts. 76, 77, 93 y 94 (BOE) (abre en una pestaña nueva)
- Orden ICT/155/2020, anexo XII: márgenes de los cinemómetros (BOE) (abre en una pestaña nueva)
- Código Penal, art. 379.1 (BOE) (abre en una pestaña nueva)
Información orientativa; no sustituye el asesoramiento de un profesional. La cuantía exacta y los plazos son los que figuran en tu notificación.